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LEY CARTA DE ALABAMA

Para fomentar una mayor transparencia en torno a las regulaciones relativas a las escuelas autónomas en Alabama, proporcionamos el siguiente resumen de algunas de las secciones más importantes de la ley. Para la ley completa, verProyecto de ley del Senado 45 en el sitio web del estado. Para conocer otras regulaciones de escuelas autónomas, consulteaquí.

SB45: Ley de Elección de Escuelas y Oportunidades Estudiantiles de 2015.

Las escuelas públicas autónomas son escuelas públicas a las que se les brinda flexibilidad en cuanto a personal, plan de estudios y presupuesto para permitir la innovación y la creatividad a nivel escolar. A cambio de esa flexibilidad, las escuelas públicas charter aceptan un gran desempeño. Hasta la aprobación de la ley en 2015, Alabama era uno de los ocho estados del país que no tenían escuelas públicas autónomas. Las escuelas públicas autónomas pueden cumplir dos objetivos principales:

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  1. Proporcionar a los educadores más herramientas para abordar las necesidades de los estudiantes en nuestras escuelas públicas.

  2. Brindar a las familias acceso a más opciones de escuelas públicas de alta calidad.

 

La Ley de Elección Escolar y Oportunidades Estudiantiles (SB45) aprovecha las mejores partes de las leyes de escuelas públicas autónomas de otros estados para garantizar que la ley de escuelas públicas autónomas de Alabama tenga lo siguiente:

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  1. Estándares estrictos de autorización y rendición de cuentas

  2. Herramientas para educadores y familias

  3. Altos niveles de responsabilidad financiera y transparencia

  4. Verdadera autonomía para las escuelas públicas charter

  5. Despliegue responsable y estratégico.

Inscripción.

  • Una escuela pública autónoma debe inscribir a cualquier estudiante que desee asistir. No pueden inscribirse selectivamente ni tener requisitos de admisión.

  • Si la capacidad de una escuela pública autónoma no es suficiente para inscribir a todos los estudiantes que desean asistir, la escuela pública autónoma seleccionará a los estudiantes mediante un proceso de selección aleatorio. Esto garantiza que la escuela pública autónoma no seleccione a los "mejores" estudiantes.

Tipos de escuelas públicas charter.

  • La SB45 autoriza dos tipos de escuelas públicas charter: escuelas públicas charter de conversión y escuelas públicas charter de nueva creación.

  • Las escuelas públicas charter de conversión son escuelas públicas tradicionales que el sistema escolar local convierte en escuelas públicas charter. Los estudiantes actualmente matriculados en la escuela reciben una preferencia de inscripción, pero el sistema escolar identificará un operador de escuela pública autónoma para tomar decisiones a nivel escolar, incluido el presupuesto, la dotación de personal y el plan de estudios.

  • Las escuelas públicas charter que se están iniciando son escuelas públicas nuevas. No puede haber más de 10 escuelas públicas charter de nueva creación en un año fiscal.

Autorizadores.

  • Todas las juntas escolares locales pueden actuar como autorizadores de escuelas públicas autónomas. Además de las juntas escolares locales, la Comisión de Escuelas Públicas Chárter de Alabama puede escuchar apelaciones de solicitantes a quienes el sistema escolar local les negó.

  • Un solicitante que desee abrir una escuela pública autónoma debe presentar su solicitud primero a la junta escolar local del sistema donde desea ubicar físicamente la escuela pública autónoma. Si el sistema escolar local rechaza al solicitante, el solicitante puede presentar una solicitud a la Comisión.

  • La Comisión debe cumplir con estrictos estándares de autorización al escuchar una apelación de un solicitante de escuela pública autónoma.

  • La Comisión estará compuesta por un total de once miembros designados por la Junta Estatal de Educación.

  • El Gobernador recomendará dos personas designadas

  • El vicegobernador recomendará dos personas designadas

  • El Presidente Pro Tem del Senado recomendará tres personas designadas (uno basado en la lista proporcionada por el Partido Minoritario del Senado)

  • El presidente de la Cámara recomendará tres personas designadas (una basada en la lista proporcionada por el Partido Minoritario de la Cámara)

  • Una persona designada será un miembro rotativo designado por el sistema escolar local donde se rechazó la solicitud.

  • El Gobernador, el Pro Tem, el Portavoz y el Vicegobernador proporcionarán cada uno una lista de al menos dos candidatos para cada uno de sus nombramientos.

  • La conversión de escuelas públicas charter solo puede ser aprobada por el distrito escolar local. Las decisiones de conversión de solicitudes de escuelas públicas autónomas no se pueden apelar ante la Comisión.

  • Un sistema escolar local puede optar por pagar su función de autorización gastando sus propios recursos o cobrando hasta el 3% de las asignaciones anuales por estudiante recibidas por cada escuela pública autónoma que autorice.

Gorra de escuela pública autónoma.

  • Los autorizadores no pueden aprobar más de diez (10) escuelas públicas charter en funcionamiento en un año fiscal. El límite anual disminuye después de cinco años. Pero antes de que expire el límite, la Legislatura recibirá un informe sobre el desempeño de las escuelas públicas autónomas; si necesitan restablecer o cambiar el límite, tendrán tiempo para hacerlo.

  • No hay límite en la cantidad de escuelas públicas charter de conversión que pueden aprobarse.

Proceso de solicitud.

  • Todos los autorizadores deberán publicar una solicitud de propuestas para los solicitantes de escuelas públicas autónomas.

  • Todos los solicitantes de escuelas públicas autónomas deben ser una organización exenta de impuestos 501(c)(3).

  • Las solicitudes deben incluir un plan detallado y exhaustivo de operaciones, educación e implementación para abrir y operar una escuela pública autónoma.

  • Una vez que se aprueba un solicitante, el solicitante y el autorizador negociarán un contrato charter que establecerá las expectativas de desempeño para la escuela pública charter, así como las funciones y responsabilidades del autorizador.

Responsabilidad.

  • Los contratos charter deben incluir indicadores, medidas y métricas de desempeño académico y operativo que guiarán las evaluaciones del autorizador de cada escuela pública charter. Esto incluye, como mínimo, la competencia académica de los estudiantes, el crecimiento académico de los estudiantes, las brechas de rendimiento, la asistencia, la inscripción, la preparación postsecundaria, el desempeño financiero y la sostenibilidad, el desempeño de la junta y la administración.

  • Las escuelas públicas autónomas deben administrar las mismas evaluaciones estandarizadas a nivel estatal que las escuelas públicas no autónomas.

  • Al final de cinco años, cada escuela pública autónoma debe pasar por un proceso de renovación del estatuto. Si una escuela pública charter no cumple con las disposiciones de desempeño en su contrato charter y no puede proporcionar una razón convincente para el bajo desempeño, se cierra.

  • Como parte de un informe anual al Departamento de Educación del Estado, cada autorizador debe publicar un informe para cada escuela pública autónoma que supervisa. Este informe debe incluir un resumen del desempeño y progreso de cada escuela en relación con su contrato charter.

  • El Departamento de Educación del Estado tiene la autoridad de revocar la capacidad de autorización de cualquier autorizador por el bajo rendimiento crónico de las escuelas de su cartera.

Operaciones y autonomía.

  • Una escuela pública autónoma no está sujeta a los estatutos educativos del estado ni a ninguna regla, regulación, política o procedimiento estatal o local relacionado con las escuelas públicas no autónomas. Una escuela pública autónoma está sujeta a todas las leyes y autoridades federales relacionadas con la seguridad, la salud y los derechos civiles.

  • Los empleados de escuelas públicas autónomas que se están iniciando son elegibles para participar en el Sistema de Jubilación de Maestros, PEEHIP y otros programas de beneficios del estado, en caso de que la escuela pública autónoma decida participar. Los empleados de escuelas públicas charter en conversión deben participar en TRS y PEEHIP.

  • Una escuela pública autónoma será responsable de atender las necesidades de todos los estudiantes de educación especial matriculados. Todos los fondos asociados con un estudiante de educación especial seguirán a ese estudiante a una escuela pública autónoma.

Fondos.

  • Las escuelas públicas charter recibirán el 100 % de los fondos federales, el 100 % de los fondos estatales y hasta 10 millones de fondos locales asociados con cada niño matriculado en la escuela pública charter. Todo el dinero local que supere la aportación de 10 millones permanecerá en el sistema escolar local.

  • El Departamento de Educación del Estado distribuirá fondos a las escuelas públicas autónomas para el transporte de la misma manera que se distribuyen los fondos para el transporte a los sistemas escolares locales.

  • El Departamento de Educación del Estado distribuirá todos los fondos directamente a la escuela pública autónoma. La escuela pública autónoma funcionará como su propia Agencia de Educación Local.

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